Para choferes que transportan carga, según la regla federal (49 CFR 395.3 y 395.1):
- Inicio del turno: no puede manejar sin antes tomar 10 horas seguidas fuera de servicio.
- Ventana de 14 horas: no puede manejar después de 14 horas seguidas desde que empezó su servicio.
- 11 horas: puede manejar hasta 11 horas dentro de esa ventana de 14 horas.
- Descanso de 30 minutos: después de 8 horas de manejo necesita un descanso de 30 minutos sin manejar. Cuenta el tiempo fuera de servicio, en la litera o en servicio sin manejar.
- 60/70: no puede manejar después de 60 horas en servicio en 7 días (o 70 horas en 8 días si su empresa opera todos los días). Un periodo de 34 horas fuera de servicio reinicia la cuenta.
- División de litera: puede juntar sus 10 horas en dos periodos, uno de al menos 7 horas seguidas en la litera, ninguno de menos de 2 horas, y entre los dos al menos 10.
- Condiciones adversas de manejo: hasta 2 horas extra para terminar el viaje o llegar a un lugar seguro.
Hay excepciones (distancias cortas, Alaska y otras) en la 395.1. También aplican el ELD de su empresa y sus reglas internas.